En esta página podrás emitir la factura de tu consumo realizado en nuestros locales, siempre y cuando sea dentro del mismo mes o máximo los primeros 3 días del siguiente mes en el que efectuaste tu consumo, así mismo te pedimos tener a la mano tu nota de consumo y tu RFC, la factura o CFDI podrá ser enviada a tu correo electrónico o las podrás bajar los archivos PDF y HTML directo a tu computadora, celular o Tablet.
Todo el mes en curso en el que se realizó la compra y los primeros 3 días del mes siguiente de la fecha de su compra – Fecha impresa en su ticket.
Su factura debe llegar en un lapso no mayor a 24 hrs., sin embargo, puede accesar nuevamente al sistema y dar clic en CONSULTAR HISTORICO (se encuentra en la parte superior derecha dentro del módulo para facturar), es necesario capturar el rango de fechas en que se facturo así como su RFC, una vez identificada la factura hay que capturar el correo electrónico al que requiera que llegue su factura, de esta forma le será enviado en cuestión de minutos el correo con los archivos correspondientes o descargarlos directamente a su computadora, Tablet o Móvil.
No, el Estado de cuenta no es un comprobante de pago, ya que solo refleja el detalle de los consumos para su revisión y pago, para facturar es necesario pedir la Nota de consumo, la cual es el comprobante de pago, con esta se capturan los datos de forma de pago que son necesarios para la elaboración de la factura.
Deberá elegir la clave que corresponda al tipo de deducción fiscal que le dará a los artículos que adquirió.
No es posible ya que es la forma en la que nosotros recibimos el pago y esta se reporta en automático al facturar. En caso de existir un error en el momento del cobro se debe de informar a la persona que cobro para que se corrija antes de que estén los respaldos en línea.
El sistema de punto de venta realiza cada hora respaldos a la nube con todas las operaciones realizadas en ese transcurso de tiempo, pedimos 2 horas para asegurarnos de que la operación ya se encuentra en la nube y la puedan facturar sin ningún contratiempo.
No es posible poder facturarlos debido a que los tickets que no se facturan forman parte de un CFDI global emitido a público en general el cual reportamos en nuestro cierre fiscal de operaciones mensuales.
No es necesario, ya que para la versión 3.3. del CFDI sólo se requiere su RFC.
Para la versión 3.3 del CFDI vigente a partir del 1ro de enero de 2018, es necesario que usted verifique que su RFC sea correcto y se encuentre registrado en el SAT. (Esto lo puede validar consultando su Constancia de Situación Fiscal o en su caso acudiendo a las oficinas del SAT). De no ser así, el SAT no nos permitirá timbrar su factura.
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